La presentación de una queja tiene por finalidad comunicar incidencias o sugerir mejoras en la prestación de los servicios públicos. A este respecto, se informa de que:
Las quejas y sugerencias que se tramitan mediante este formulario no sustituyen los procedimientos legalmente establecidos para denunciar delitos, situaciones de desprotección de menores, violencia, abuso, o cualquier vulneración de derechos que requiera intervención inmediata.
Este formulario se rige por el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, que regula el sistema de quejas y sugerencias de la Administración General del Estado. Su objetivo es mejorar la calidad de los servicios públicos, no tramitar denuncias penales, administrativas o situaciones de emergencia.
Para casos relacionados con protección del menor, abusos o situaciones de riesgo, por favor diríjase a:
La queja o sugerencia debe versar sobre los servicios prestados por este ministerio, es decir:
Si su queja/sugerencia está relacionada con accesibilidad web (dificultades de acceso para personal con discapacidad a los portales propiedad del ministerio o sede electrónica), debe utilizar el siguiente procedimiento disponible en esta sede electrónica: Solicitud de información accesible y quejas (SIA: 2846999).
Si su queja está relacionada con un servicio prestado por el Instituto de la Juventud (INJUVE), por favor realice su queja/sugerencia a través del siguiente procedimiento: Quejas, sugerencias y agradecimientos en el Instituto de la Juventud (INJUVE) (SIA: 201363).
Las quejas y sugerencias pueden ser presentadas de forma presencial en una oficina de registro de la Administración General del Estado o por correo postal, mediante la cumplimentación del formulario disponible la sección de ficheros adjuntos de página.
Para poder establecer una comunicación más rápida y eficiente con la ciudadanía se recomienza que autorice las comunicaciones electrónicas en el formulario de la solicitud.
Podrá consultar las oficinas de registro de la AGE.
Recibida la queja o sugerencia, ya sea por medios electrónicos o presencial, la unidad responsable deberá informar en el plazo de 20 días hábiles. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona interesada para que, en un plazo de 10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia.
Si transcurrido el plazo no se hubiera obtenido ninguna respuesta, se podrá dirigir a la Inspección General de Servicios del Ministerio de Juventud e Infancia por correo electrónico a la dirección inspeccionservicios@juventudeinfancia.gob.es a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación y para que dicha Inspección proponga, en su caso, a los órganos competentes la adopción de las medidas oportunas.
Formulario de Quejas y Sugerencias
Instrucciones Formulario de Quejas y Sugerencias
Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.
Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.
Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".
Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3
Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve
Acceso al Registro Electrónico General
El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.
Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Ministerio de Juventud e Infancia que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.
Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide
En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".
Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.
Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.
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