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Resumen del procedimiento

INFORMACIÓN BÁSICA


  • Título del procedimiento: Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores
  • Código SIA: 201567
  • Descripción: Certamen destinado a apoyar a jóvenes que lideren proyectos empresariales innovadores y viables para fomentar la cultura emprendedora.
  • Nivel de tramitación electrónica: Tramitación electrónica

TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA


  • Sistema de identificación: Certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve permanente

INFORMACIÓN ADICIONAL


  • Requisitos de iniciación: Podrán presentarse jóvenes mayores de edad, de nacionalidad española o con residencia legal en España, que no superen la edad de 35 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de convocatorias. Deberán contar con empresas ya constituidas, con una antigüedad de entre uno y tres años, entendiéndose por empresa a los trabajadores autónomos, las empresas familiares, las sociedades colectivas y las asociaciones que ejerzan regularmente una actividad económica. Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el/la representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años. Asimismo, en el caso de sociedades mercantiles, el capital social debe ser mayoritariamente (51% o más) de jóvenes no mayores de 35 años. El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal del proyecto que se presente deben estar en territorio español.
  • Enlace informativo: https://www.injuve.es/programas-injuve/jovenes-emprendedores
  • Efectos del silencio administrativo: Negativo
  • Fin vía administrativa: Sí
  • Las plantillas de documentos para anexar a la solicitud se pueden descargar al final de esta página.

NORMATIVA


  • LEY 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • LEY 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • ORDEN SSI/1449/2015, de 13 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores.
  • ORDEN SCB/809/2018, de 20 de julio, por la que se modifica la Orden SSI/1449/2015, de 13 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores.

 

Solicitud persona física

ANEXO I. Solicitud persona física

Solicitud persona jurídica

ANEXO II. Solicitud persona jurídica

Autorización para la representación.

ANEXO III. Autorización para la representación.

Declaraciones responsables para personas físicas

ANEXO VI. Declaraciones responsables para personas físicas

Declaraciones responsables para personas jurídicas

ANEXO V. Declaraciones responsables para personas jurídicas

Acceder al procedimiento en línea

Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.

Rellenar el formulario

Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.

Comprobar el estado del expediente

Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".

Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3

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Oficinas de Registro Cl@ve

Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve

Registro Electrónico General

Acceso al Registro Electrónico General

  1. Elija el procedimiento a partir del menú superior, o del que aparece en el pie.
  2. Autenticarse tras pulsar sobre el botón ACCEDA que le conduce al acceso por Cl@ve.
  3. Tras autenticarse por alguno de los métodos de Cl@ve se le dará acceso a un formulario.
  4. Cumplimentar el formulario correspondiente.
  5. La aplicación le informará por correo electrónico del inicio de su procedimiento tras acabar el trámite.
  6. Tras acabar el trámite, la aplicación le puede proporcionar un justificante de registro y una copia (auténtica) de solicitud con un CSV (Código Seguro de Verificación).
  7. Posteriormente en el menú Mis expedientes podrá recuperar su solicitud, las comunicaciones, requerimientos o resolución, etc.

El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.

Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Ministerio de Juventud e Infancia que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.

Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide

En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".

Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.

Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.

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